martes, 13 de agosto de 2013

Buenos Aires: se acerca el juicio por Walter Bulacio.



Con 22 años de demora, a cuatro años de la elevación a juicio y tras varias suspensiones, finalmente se fijó fecha para el inicio del debate oral y público contra el comisario Miguel Ángel Espósito, ex titular de la comisaría 35ª y jefe del operativo policial desplegado el 19 de abril de 1991 en las inmediaciones del Estadio Obras.

Walter David Bulacio fue un joven cuya muerte a manos de agentes de la Policía Federal Argentina se convirtió en un caso emblemático contra la brutalidad policial, llegando a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Su caso, también, fue objeto de un largo periplo jurídico y policial, que merced a la lucha de los familiares y organizaciones sociales alcanzó, después de veinte años, el juicio.

Bulacio se encontraba entre la concurrencia del recital que la banda de rock Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota ofrecía el 19 de abril de ese año en el Estadio Obras Sanitarias de Buenos Aires. Una razzia del personal de la Seccional 35ª, a la sazón a cargo del comisario Miguel Ángel Espósito, lo detuvo a efectos de averiguación de antecedentes. Aunque la Ley de Patronato de Menores prohíbe la detención de menores sin intervención del juez competente, Bulacio fue retenido en la comisaría; saldría de allí a la mañana siguiente, rumbo al Hospital Pirovano. Le fue diagnosticado traumatismo craneano, y dijo al médico que lo atendió haber sido golpeado por la policía. Murió cinco días más tarde, tras haber sido trasladado a otro nosocomio; la autopsia encontró huellas inequívocas de golpe con objetos contundentes en miembros, torso y cabeza.

Ante la falta de cumplimiento por parte del Estado argentino de aspectos significativos de sus recomendaciones, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó la demanda de este caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José de Costa Rica, el 24 de enero de 2001.

El informe de la (CIDH) indicó: "El 24 de enero de 2001, la CIDH sometió el caso Walter David Bulacio a la Corte Interamericana pues el mismo involucra, inter alia, la vulneración de derechos a la libertad e integridad personal, a la vida, a las garantías judiciales, a la protección judicial, y los derechos de los niños, consagrados en los artículos 4, 5, 7, 8, 25 y 19 de la Convención Americana, por actos y omisiones de la República Argentina. Dicha demanda se refiere a los hechos acaecidos el 19 de abril de 1991, cuando Walter David Bulacio fue detenido por la Policía Federal argentina en el marco de un operativo policial cuando pretendía asistir a un concierto de música rock y, producto de las condiciones de detención y las torturas recibidas en el mismo cuerpo policial, falleció el 26 de abril siguiente".

El 3 de marzo de 2003, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los representantes de Walter Bulacio y de sus familiares y el Estado de la República Argentina presentaron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos un acuerdo de solución amistosa y solicitaron a la Corte su pronunciamiento en la materia.

La cláusula primera del referido acuerdo establece que a través de un acuerdo celebrado con fecha 26 de febrero de 2003 se “ha puesto fin a la controversia”. El 6 de marzo de 2003 la Corte escuchó en audiencia pública una interpretación del acuerdo de solución amistosa suscrito por las partes y emitió una Resolución, en la cual resolvió continuar la audiencia pública del caso en lo que se refiere a las reparaciones.

A lo largo de la infinita causa judicial, cada gobierno hizo lo suyo para garantizar la impunidad de los represores.

El gobierno de Menem, cuyos ministros y demás operadores se turnaron para apretar jueces y fiscales, fue el encargado del encubrimiento inicial. El comisario, cuyo hermano solía aparecer en la conferencias de prensa presidenciales custodiando al primer mandatario, recibió la defensa oficial del cuerpo de abogados del ministerio del Interior, del que entonces dependía la policía, hasta que prefirieron recurrir (como sucedería 20 años después con los policías en la causa por el asesinato de Mariano Ferreyra), a un prestigioso y caro estudio del poder, el mismo que por entonces defendía a ministros como Cavallo, secretarios como Matilde Menéndez y empresarios socios del poder como Yabrán.

Durante el gobierno de la Alianza, además de sostener la inmovilización de la causa, que desde abril de 1996 hasta 2008 se mantuvo en la misma etapa, y de excluir a la mamá de Walter y a CORREPI de la querella, el presidente De la Rúa contrató para contestar una demanda internacional de la CORREPI, al académico Daniel Pastor, que años después sería el primer director de la academia de “formación” de la policía Metropolitana de Mauricio Macri. Convencido defensor de la prescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, el Dr. Pastor, en nombre del gobierno nacional, negó que Walter fuera torturado y defendió al estado argentino con los mismos argumentos de la defensa del comisario en la causa interna.

Cuando Eduardo Duhalde llegó a la presidencia, encomendó el asunto a su ministro de Seguridad Juan José Álvarez, su socio en la represión del Puente Pueyrredón. Para evitar el juicio y condena internacional, reconocieron la responsabilidad del estado argentino por la detención ilegal, tortura y muerte de Walter por decreto presidencial. Total, había sido “otro gobierno”.

El 18 de septiembre de 2003, la Corte IDH condenó al estado argentino –que a último momento trató de relativizar el alcance de su reconocimiento de responsabilidad- y le ordenó terminar con el sistema de detenciones arbitrarias (averiguación de antecedentes, contravenciones y faltas, razzias, procedimientos “de entrega del menor”, etc.).

Fue el turno, entonces, de los gobiernos kirchneristas, que se dedicaron a incumplir la sentencia internacional mientras, con su particular estilo, anunciaban a cada rato su “cumplimiento”. Cristina Fernández, de la mano de Aníbal Fernández, anunció la exoneración del comisario Espósito, que, agotado por los escraches, llevaba para entonces 12 años jubilado. "Cada vez que la Corte intimó al estado a informar sobre los motivos de demora en el cumplimiento de las cuestiones de fondo de la condena, contestaron con rodeos y eufemismos, y hasta mandaron al secretario de DDHH, Eduardo Luis Duhalde, a presentarse como querellante en la causa interna. Mientras tanto, ampliaron todas las facultades policiales para detener personas arbitrariamente, incorporaron otras fuerzas, como gendarmería y prefectura, al control territorial y batieron todos los records en materia represiva", expresaron desde la CORREPI.

Hoy, agotadas las excusas, llega el juicio, que empezará el 24 de septiembre a las 10:00, ante el TOC nº 29. "Ya lo dijimos cuando, en 2011, se había fijado otra fecha. Este juicio, el intento definitivo de consolidar la impunidad, además de llegar tarde, llega mal", agregaron de la CORREPI.

El comisario Miguel Ángel Espósito será el único acusado. Espósito, como los comisarios que dirigieron la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001, como el comandante Chiappe que dirigió el operativo en el Puente de Corrientes, como cada policía que aprieta el gatillo contra un pibe pobre o un militante, o como cada guardiacárcel que tortura un preso, es sólo el ejecutor. Ninguno de sus mandantes enfrentará una acusación.

Tampoco se lo juzgará por la muerte de Bulacio, ni por las torturas a los restantes 73 detenidos. "El objeto del juicio será, exclusivamente, la detención ilegal. Que no es poco, pero no alcanza. Nunca alcanza la justicia del mismo sistema que reprime por necesidad fundante de la clase que domina", concluyó un documento de la CORREPI.

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