martes, 16 de julio de 2013

Parches del gobierno para el acuerdo YPF-Chevron: Obliga a las empresas a invertir al menos 1000 millones de dólares en cinco años. A cambio, las petroleras podrán exportar hasta el 20% del crudo que extraigan y mantener las divisas en el exterior.



El gobierno nacional creó un nuevo régimen de promoción de inversiones para la explotación de hidrocarburos, como una de las medidas para lograr el objetivo prioritario del autoabastecimiento tanto en "exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización" en las áreas del petróleo y el gas.
El decreto, que lleva el número 929 y que ya está vigente, fue publicado ayer en el Boletín Oficial, aparece cuando la petrolera nacional YPF y la estadounidense Chevron están por firmar el acuerdo por el que desarrollarán en conjunto el yacimiento de petróleo y gas de Vaca Muerta, en Neuquén.

Por el artículo 1 se crea el "Régimen de Promoción de Inversión para la Explotación de Hidrocarburos", su ámbito de aplicación será la totalidad del territorio nacional. En el artículo segundo se detallan los objetivos del nuevo régimen, entre los cuales se incluyen "el objetivo prioritario (...) de lograr el autoabastecimiento de hidrocarburos"; la "promoción de la inversión nacional y extranjera" y la "integración del capital nacional e internacional en alianzas estratégicas".

Para recibir los beneficios del nuevo régimen, las empresas petroleras deben antes haber presentado "un 'proyecto de inversión para la explotación de hidrocarburos' que implique la realizaciónb de una inversión directa en moneda extranjera no inferior" a U$S 1000 millones, calculados al momento de la presentación del proyecto y a devengarse en los cinco años siguientes, según explica el artículo 3 de la norma.
Respecto de los beneficios que recibirán las petroleras, el artículo 6 establece que regirá desde el quinto año "contado desde la puesta en ejecución" del proyecto de inversión el "derecho a comercializar libremente en el mercado externo el 20% de la producción de hidrocarburos líquidos y gaseosos producidos por dichos proyectos con una alícuota de 0% de derechos de exportación".
Además, las empresas que apliquen este derecho "tendrán la libre disponibilidad del ciento por ciento de las divisas provenientes de la exportación" de esos hidrocarburos y no estarán obligadas a ingresar esas divisas al mercado de cambios argentino.

Por el artículo 7 se dicta que si por la coyuntura de la oferta y la demanda, las petroleras debiesen resignar el derecho de exportación para abastecer al mercado interno, las empresas recibirán por ese 20% de hidrocarburo vendido al mercado local "un precio no inferior al precio de exportación de referencia a efectos de cuya determinación no se computará la incidencia de los derechos de exportación que pudieran resultar aplicables"; es decir, el precio de exportación libre de retenciones (solo que aplicado al mercado interno), que será pagado mediante "un mecanismo de compensación pagadero en pesos", moneda con la cual las petroleras podrán acceder –con prioridad– al mercado de cambios para obtener divisas de libre disponibilidad por hasta el 100% de los pesos obtenidos más la compensación (también pagada en pesos) que eventualmente hubieran recibido.

Por otro lado, el artículo 14 del decreto establece la posibilidad de que la Nación y las provincias puedan subdividir las concesiones actualmente vigentes, separando las áreas con hidrocarburos no convencionales de forma de crear nuevas áreas a concesionar a los titulares de las áreas originales. El objetivo de subdividir concesionaes actuales es que a las no convencionales se les dará un tratamiento contractual diferente de las que sí son convencionales. El decreto establece contratos de concesión de 25 años de duración a los que se les suma la posibilidad de una prórroga por diez años más. Incluso, una petrolera podrá solicitar la unificación de áreas no convencionales que sean adyacentes.
El decreto plantea, además, la posibilidad de que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires establezcan más mecanismos de promoción de las inversiones al margen de los que propone el mismo decreto.
Respecto de la autoridad de aplicación del nuevo régimen, el decreto plantea que sea la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, que integran el viceministro de Economía Axel kicillof, el secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, y el secretario de Energía, Daniel Cameron.

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